Medidas Estatales
El Columnista Invitado de Hoy:
Lic. Claudio Valdez
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El legendario Hammurabi, rey de Babilonia (1750 a. C) hizo emplear un sistema de pesos y medidas además de listas de precios máximos, como testimonian abundantes tablillas de arcilla grabadas en escritura cuneiforme. Grecia y Roma insistieron siglos después en similares propósitos. Los resultados logrados acusaron con habitualidad faltantes y mercados “marginales” (paralelos, negros o blues) con sus consabidas dinámicas: especulación, abusos, delincuencia organizada, desabastecimiento y necesidades insatisfechas de clientes y demás beneficiarios.
El Estado moderno atendiendo lo imperioso de las necesidades de sus gobernados (el pueblo) intervino con mayor o menor vocación y mala o peor suerte estableciendo “normas de abastecimiento”. Los actuales conocimientos económicos, avances en cuestiones financieras y de administración del crédito, aconsejan que podrían lograrse aceptados y más eficaces resultados mediante la intervención de “proveedores de fomento” (empresas estatales y cooperativas) pero operando en competencia dentro del libre mercado.
El reglamentarismo normativo, por más detallista y severo que pueda ser decretado, no logrará encontrar un punto de equilibrio entre demanda y oferta: las leyes jurídicas “no ajustan” cuando deben terciar entre difusas, inconstantes y temperamentales necesidades, deseos, e incluso tendencias de moda, pudiendo llegar a ser percibidas como “no justas” por lo que resultan ineficaces. El único modo de lograrse algún equilibrio es mediante la conveniencia y responsabilidad del individuo, que libremente demande y oferte en forma global según necesidad, preferencia y voluntad: siempre donde hay una necesidad, la oferta aparece; tanto como, a la inversa, la oferta es capaz de crear la necesidad. El mercado opera según “leyes económicas”, no necesariamente maleables a la voluntad del legislador ni a las improvisaciones y disposiciones de los funcionarios ejecutivos.
Por supuesto que “pesos y medidas” tienen que estar normatizados, para lo cual el Estado debe resultar “garantía y seguridad jurídica”, en tanto el empresario según sus capacidades, intereses y características es responsable de continuar decidiendo “qué, cómo y para quién” producir, si lo que se pretende es abastecimiento.
En irónica metáfora podría expresarse: es lícito que el Estado “tome medidas”, y sobre todo deseable que en La Argentina lo haga con “adecuado peso”.
Autor: Lic. Claudio Valdez
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